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DUDAS MAS FRECUENTES

¿CUAL ES EL PRECIO POR M2? El precio vendrá determinado por la cantidad de material a gestionar, asi como de las dificultades técnicas de cada trabajo, altura, accesos etc. Por esto es necesaria una primera consulta para recabar datos.

 

¿NECESITO UN PLAN DE TRABAJO DE AMIANTO? Siempre que se vaya a proceder a realizar trabajos con riesgo por amianto será necesaria la elaboración y aprobación de un Plan de Trabajo de acuerdo con el RD 396/2006. De esto nos encargamos nosotros, asi como del transporte y la certificación de la eliminación de residuos

 

¿QUIÉN PUEDE RETIRAR EL AMIANTO? Únicamente empresas que estén inscritas en el RERA y que presenten el Plan de Trabajo de acuerdo con el RD 396/2006

 

¿QUIÉN PUEDE TRANSPORTAR AMIANTO? Únicamente empresas con la preceptiva autorización de transporte o gestión de residuos peligrosos que estén inscritas en el RERA.

 

¿QUIÉN ES EL RESPONSABLE DE LA MANIPULACIÓN Y ELIMINACIÓN DEL RESIDUO? Si usted contrata a una empresa autorizada en el RERA con todas las autorizaciones pertinentes, estará delegando la responsabilidad en un agente autorizado.

 

SI ENCARGO UN TRABAJO DE RETIRADA A UNA EMPRESA QUE NO ESTA AUTORIZADA EN EL RERA, ¿QUIEN ES EL RESPONSABLE DE LAS POSIBLES SANCIONES? El primer responsable siempre será el propietario y poseedor del residuo, que es el sujeto obligado a contratar una empresa autorizada para su gestión

 

SANCIONES EN MATERIA DE RESIDUOS RECOGIDAS EN LA LEY DE RESIDUOS Y SUELOS CONTAMINADOS

 

a) En el caso de infracciones muy graves:

1º. Multa desde 45.001 euros hasta 1.750.000 euros, excepto si se trata de residuos peligrosos, en cuyo caso la multa será desde 450.001 euros hasta 17.500.000 euros

b) En el caso de infracciones graves:

1º. Multa desde 901 euros hasta 45.000 euros excepto si se trata de residuos peligrosos, en cuyo caso la multa será desde 9.001 euros hasta 450.000 euros.

c) Las infracciones leves se sancionarán con una multa de hasta 900 euros, excepto si se trata de residuos peligrosos en cuyo caso la multa será hasta 9.000 euros.

 

En todo caso, a los efectos de esta ley, se considerarán infracciones muy graves:

  • El abandono, vertido o eliminación incontrolados de residuos peligrosos.
  • La entrega, venta o cesión de residuos peligrosos a personas físicas o jurídicas distintas de las señaladas en esta ley, así como la aceptación de los mismos en condiciones distintas de las que aparezcan en las correspondientes autorizaciones y comunicaciones, o en las normas establecidas en esta ley.